¿POR QUÉ SE HA DEFINIDO EN TÉRMINOS
DE HETEROGENEIDAD Y DESCENTRALIZACIÓN?
DE HETEROGENEIDAD Y DESCENTRALIZACIÓN?
La estructuración del
sistema fiscal castellano tiene una serie de características que nos
muestran el factor de heterogeneidad del momento al que nos
referimos.
El sistema fiscal
castellano tenía tres ámbitos: el real, el eclesiástico y el
señorial, en cada cual el sistema fiscal afectaba de distinta forma
no siendo homogéneo el sistema de recaudación y gestión económica
atendiendo a la división social y existiendo al mismo tiempo una
hacienda distinta por reinos por lo cual no había unidad de caja
(los tipos de ingresos no recaían sobre todos ni de la misma manera,
en gran parte eran soportados por la masa de población con menos
recursos a pesar de los distintos tipos que existían, expuestos más
abajo). El este ámbito el papel del rey no hay que sobrevalorarlo
pero no tiene entre sus preocupaciones el ejercicio de una política
redistributiva a través del gasto, y será la propia limitación del
poder monárquico donde se explica la amplia presencia de los poderes
locales a los que nos remitimos más adelante.
Como consecuencia la gran
masa fiscal potencial del reino (o de los reinos) permanecía en
manos de los grandes señores teniendo así gran peso las oligarquías
ciudadanas y los poderes locales por sus privilegios, siendo además
quienes controlarían comercios y riquezas no centralizadas y no
productoras de beneficio económico a la corona, la cual recibiría
fondos a cambio de privilegios perdiendo así poder económico,
además de otras consecuencias sociales.
En la estructura fiscal
castellana existían varios tipos de ingresos,
Ordinarios:
- Alcabalas
- Tercias reales
- Aduanas (Diezmos, Almojarifazgos...)
- Derechos de tránsito (Portazgo, Servicio y Montazgo)
- Estancos
- Acuñación moneda
- Otros
Extraordinarios:
- Servicios de Cortes
- Contribuciones eclesiásticas
- Bula de Cruzada
- Décima o Subsidio
- Maestrazgos (1523)
- Excusado (1567)
El siglo XVIII
protagonizó la llegada de una nueva casa monárquica y con el
nombramiento de Felipe V como rey los Borbones se instaurarían en la
corona española. La dinastía borbónica en España va de la mano
con los Decretos de Nueva Planta y el reformismo borbónico.
Inspiradas en la Ilustración se aplicaron en todo el reino y
eliminaron entre otros, el sistema de reinado por reinos propio de
los Austrias comenzando así un proceso de centralización que llega
hasta nuestros días. Aquí una de las características es el aumento
de poder entorno a la figura del rey, ahora cúspide de una pirámide
y entorno al cual se articularían leyes, formas de gobierno y
responsabilidades, siendo además máximo representante de todos los
ámbitos, un punto que dotaría de uniformidad y crearía un lazo
directo con el monarca, ahora el rey no es un poder más sino el
central al cual se deben explicaciones. De esta nueva forma política
no se exime el sistema fiscal el cual protagonizaría numerosos
cambios ligados a esta nueva forma de hacer. Así cambios políticos
e ideológicos cambiarían el rumbo político ejercido por los
Austrias durante la mayor parte del período moderno.
LAURA MARTÍNEZ
GRUPO 2
El sistema fiscal castellano ha sido definido (J. I. Fortea Pérez) en términos de heterogeneidad y descentralización por dos motivos: 1) los ayuntamientos y los grupos financieros controlaban la recaudación, de modo que eran ellos y no el "Estado" quienes se encargaban de gestionar los impuestos. Además los pagos se pignoraban sobre rentas específicas, no sobre una caja única. Es decir, la corona cede o delega la facultad del cobro y la gestión de los pagos (consignaciones).
ResponderEliminar2) Los ayuntamientos, mediante el sistema de encabezamiento, gestionaba sus tributos de modo particular y ajeno a otras ciudades, de modo que la fiscalidad variaba de unos lugares a otros.
Como observamos, se trataba de un sistema muy diferente al actual.